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lunes, 21 de diciembre de 2015

CCOO RECHAZA EL REAL DECRETO, PORQUE OTORGA MAYOR PODER A LOS EMPRESARIOS/AS, TORPEDEANDO A LA SANIDAD PÚBLICA, Y PORQUE ABRE LA PRIVATIZACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL (SS)








El gobierno aprobando este RD, ha otorgado más poder a las mutuas, dándoles un mayor control económico y médico en los procesos de baja. 

Abre la privatización de la Seguridad Social al permitir que las mutuas gestionen cualquier actividad de esta entidad.

CCOO rechaza la reforma porque, posibilita que que las mutuas gestionen cualquier actividad de la Seguridad Social y se conviertan en policías y fiscales de los trabajadores y los médicos, generando incertidumbres, puesto que en la norma todo queda abierto a un posterior desarrollo reglamentario.

El control que se va a hacer a los trabajadores/as desde el primer día de la baja por enfermedad común con la posibilidad de que la mutua pueda extinguir la prestación económica. Esto supondrá que los trabajadores tengan que ir enfermos a sus puestos de trabajo si la mutua lo considera, aumentando aún más si cavé el presentismo laboral.

La Norma pone bajo sospecha a los trabajadores/as, a los que se les presume una conducta fraudulenta y defraudadora de las bajas por enfermedad, y los médicos de Atención Primaria verán mermadas sus competencias en la atención de sus pacientes cuando necesiten una baja o un alta laboral .

El Gobierno del PP con estas Normas pretende potenciar el negocio de las mutuas y aplicar nuevos recortes a los derechos de los/as trabajadores/as.

El carácter universal de la Sanidad pública se cuestiona por criterios. economicistas, aumentando las desigualdades sociales 

ES UN PROYECTO DE LEY, INJUSTO, INEFICAZ Y ANTICONSTITUCIONAL 





LAS MUTUAS PUEDEN PROPONER EL ALTA MÉDICA (Para los casos en que la mutua gestione la contingencia común, que es el 90% de los casos).





















PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR EL ORIGEN DE LA INCAPACIDAD
(LABORAL O COMÚN)











El equipo de valoración de incapacidades elabora un informe preceptivo, que lo comunicara al director provincial del INSS, que debe dictar resolución en el plazo de 15 días desde que recibe la documentación de las partes.

Otra modificaciones: las mutuas dispondrán en todos sus centros, los libros de reclamaciones; las reclamaciones que se realicen serán remitidas por las mutuas a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, como máximo a los 10 días siguientes a su presentación. 

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